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Colombia · 25+ años de experiencia combinada

Soluciones Oportunas y Pertinentes
a Problemas Complejos

Asesoramos a personas jurídicas y naturales en la resolución de situaciones de alta complejidad jurídica, fiscal y patrimonial, con el rigor técnico y la oportunidad que cada caso exige.

Convertimos la complejidad en resultados medibles: prevenimos antes de que el problema escale, diagnosticamos a tiempo y ejecutamos con un mismo equipo de principio a fin — sin importar el tamaño ni la naturaleza de su organización.

ESALES — Entidades Sin Ánimo de Lucro

Acompañamiento integral para fundaciones y entidades del tercer sector: régimen tributario especial, gobernanza y cumplimiento ante DIAN.

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25+
Años de experiencia combinada
7
Áreas de especialización
100%
Cobertura en Colombia

Especialidades

Nuestras Áreas de Especialización

Consultoría estratégica de alto nivel — seleccione una especialidad para ver el detalle completo.

ESALES — Entidades Sin Ánimo de Lucro

Acompañamiento integral para fundaciones y entidades del tercer sector: régimen tributario especial, gobernanza de juntas directivas y cumplimiento ante Cámara de Comercio y DIAN, sin perder la lógica comunitaria de la organización.

  • Calificación y permanencia en el Régimen Tributario Especial (RTE)
  • Auditoría y control interno para Juntas Directivas
  • Requerimientos y fiscalización de la DIAN para ESAL
  • Constitución o liquidación de fundaciones / asociaciones
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🏛️
Su ESAL
Estado Actual
RTEDIANIA
Motor de Cumplimiento
Jurídico
Financiero
Visibilidad ✓
🤝
Acompañamiento Continuo
En la Ejecución

Estructuras Corporativas Mercantiles

Diseño de la arquitectura societaria más adecuada para grupos económicos, consorcios y ecosistemas de múltiples compañías — incluyendo contratos de colaboración empresarial y consolidación financiera entre sociedades relacionadas.

  • Diseño de holding y grupos económicos
  • Contratos de colaboración empresarial (consorcios, uniones temporales)
  • Consolidación financiera entre sociedades relacionadas
  • Gobierno corporativo para ecosistemas de múltiples compañías
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🏢
Múltiples Sociedades
Sin Consolidar
HoldingConsorciosIA
Motor de Estructuración
Societario
Financiero
Consolidado ✓
📊
Grupo Económico
Gobernado y Consolidado

Estructuras de Protección Patrimonial

Diseño de vehículos societarios locales (holding familiar, fideicomisos) para blindar el patrimonio personal y familiar con previsión, separándolo del riesgo del negocio y anticipando la sucesión.

  • Constitución de holding patrimonial o familiar
  • Fideicomisos y vehículos de protección de activos
  • Planeación sucesoral anticipada
  • Separación del patrimonio personal del riesgo del negocio
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🏠
Patrimonio Expuesto
Sin Blindaje
HoldingFideicomisoIA
Motor de Blindaje
Societario
Sucesoral
Protegido ✓
🔒
Patrimonio Protegido
Con Previsión

Asesoría e Ingeniería Fiscal

Planeación tributaria avanzada y estructuración fiscal para maximizar la eficiencia corporativa, con riguroso cumplimiento normativo. Diseñamos la estrategia fiscal, no solo registramos las cifras.

  • Diagnóstico y planeación tributaria integral
  • Optimización legal de la carga impositiva
  • Estructuración fiscal previa a decisiones de negocio
  • Actualización permanente frente a cambios normativos
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📈
Alta Carga Tributaria
Sin Planeación
DiagnósticoEstructuraIA
Motor de Planeación Fiscal
Legal
Preventivo
Optimizado ✓
💰
Eficiencia Fiscal
Sostenida en el Tiempo

Revisoría Fiscal y Consultoría

Seguimiento riguroso del control interno, revisoría fiscal y evaluación de riesgos respaldada por metodologías Big Four. Visión objetiva para proteger el patrimonio y la transparencia de juntas directivas.

  • Revisoría fiscal y auditoría externa
  • Evaluación de riesgos y control interno
  • Respaldo técnico a decisiones de Junta Directiva
  • Metodología alineada a estándares Big Four
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⚠️
Riesgos sin Detectar
Control Interno Débil
Big FourRiesgosIA
Motor de Revisoría
Control Interno
Revisoría
Objetivo ✓
🛡️
Confianza de su Junta
Respaldada con Evidencia

E-Commerce

En esta rama damos el paso gigante a la formalización de su negocio digital con fines de crecimiento, cumpliendo con toda la regulación exigida — facturación electrónica, retenciones y estructura fiscal lista para escalar.

  • Formalización ante Cámara de Comercio
  • Facturación electrónica y retenciones
  • Optimización de costos y gastos operativos
  • Estructura fiscal preparada para el crecimiento
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🛒
Ventas en Línea
Sin Formalizar
FacturaciónCostosIA
Motor de Formalización
Cámara Comercio
Retenciones
Optimizado ✓
🚀
Crecimiento Empresarial
Sólido y Formal

Cumplimiento y Protección de Activos Cripto, Digitales e Intangibles

Asesoría legal, contable y fiscal para incorporar criptoactivos, NFT, obras digitales creativas y activos intangibles (marcas, know-how, tecnología propia) de forma ordenada y protegida — con la misma rigurosidad que aplicamos a cualquier otro activo del negocio.

  • Declaración y tratamiento tributario correcto de operaciones con criptoactivos
  • Estructuración y protección legal de NFT y obras digitales creativas
  • Protección legal del know-how y la tecnología propia de su negocio
  • Su marca y su conocimiento, protegidos como un activo real de crecimiento empresarial
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⚠️
Activos sin Proteger
Riesgo Legal y Fiscal
CriptoNFTKnow-How
Motor de Cumplimiento y Protección
Legal
Contable
Protegido ✓
🛡️
Activos Protegidos
Tranquilidad Fiscal Real

Nuestro ADN

Somos una firma boutique conformada por un equipo multidisciplinario de profesionales en Contaduría, Derecho y Economía, especializados en ESALES, estructuras corporativas mercantiles y protección patrimonial.

Nuestro equipo acumula más de 25 años de experiencia combinada, con formación bajo el estándar de auditoría de una de las firmas más grandes del mundo (Big Four), aplicado tanto a fundaciones como a grupos económicos complejos.

No ofrecemos contabilidad genérica: ofrecemos ingeniería fiscal, revisoría y tranquilidad patrimonial a la medida de cada organización.

Contaduría
Derecho
Economía
Su Estructura,
Protegida

Previsión, no Reacción

Anticipamos riesgos jurídicos, fiscales y patrimoniales antes de que se conviertan en un problema.

Rigor Big Four

Metodología de auditoría de clase mundial, aplicada a fundaciones y grupos económicos por igual.

Un Equipo, Todas las Disciplinas

Contaduría, Derecho y Economía bajo un mismo techo — sin fragmentar su caso entre distintos proveedores.

A la Medida, Nunca Genérico

Cada estructura se diseña para su realidad específica, no se ajusta a un molde predefinido.

Complementarios

Otros Servicios

Un respaldo integral más allá de nuestras 7 áreas de especialización.

Trámites Ante la DIAN

Solicitudes de devolución y/o compensación de impuestos, y representación en requerimientos ordinarios y especiales ante la autoridad tributaria.

Creación y Liquidación de Sociedades

Acompañamiento jurídico y contable completo desde la constitución de una nueva sociedad hasta procesos de liquidación cuando corresponde.

Blog

Análisis y Actualidad para Empresas y ESAL(es)

Distintos temas tributarios y fiscales, publicados mensualmente, de interés para empresas y ESAL(es).

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Hablemos de su Estructura

Regístrese para elegir la fecha y hora de su diagnóstico inicial. Un consultor senior se pondrá en contacto para confirmar los detalles.

📍 Servicios corporativos prestados en Colombia y afianzados en Estados Unidos y Reino Unido.

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Citas de 30 minutos, 8:00 a.m. a 4:30 p.m.
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Análisis y Actualidad para Empresas y ESAL(es)

Distintos temas tributarios y fiscales, publicados mensualmente, de interés para empresas y ESAL(es) en Colombia.

Tributario · Régimen Especial (RTE)

Cómo evitar perder el Régimen Tributario Especial (RTE)

El Régimen Tributario Especial (RTE) es uno de los beneficios más importantes con los que cuentan las fundaciones, asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro (ESAL) en Colombia: les permite tributar sobre el beneficio neto a una tarifa reducida, o incluso quedar exentas, siempre que ese beneficio se destine a su actividad meritoria. El problema es que muchas organizaciones dan este beneficio por hecho, sin entender que la permanencia en el régimen depende de un cumplimiento continuo, no de una calificación que se obtiene una sola vez.

Estas son las causas más frecuentes por las que una ESAL termina perdiendo su calificación en el RTE — y que, en la mayoría de los casos, son evitables con una asesoría adecuada.

1. Actividades que no corresponden al objeto social registrado

La DIAN exige que las actividades meritorias que efectivamente desarrolla la entidad coincidan con las que están registradas en sus estatutos y en el Registro Único Tributario (RUT). Cuando una fundación amplía su operación hacia frentes no contemplados en su objeto social — por ejemplo, actividades comerciales que no están claramente subordinadas a su misión — se abre la puerta a que la autoridad cuestione la naturaleza de la entidad.

2. Mala destinación o reinversión de los excedentes

El beneficio neto o excedente de una ESAL debe reinvertirse en su actividad meritoria dentro de los plazos y condiciones que exige la normativa. Cuando esa reinversión no está bien documentada, o cuando el excedente termina beneficiando directa o indirectamente a los fundadores, miembros de junta o partes relacionadas, se pierde la razón de ser del beneficio tributario.

3. Actas y gobernanza informales

Un acta de asamblea mal redactada, sin quórum verificable, o simplemente inexistente, puede parecer un detalle administrativo menor — pero es exactamente el tipo de evidencia que la autoridad tributaria revisa para entender si las decisiones de la entidad realmente responden a su misión o a intereses particulares. La gobernanza formal no es un trámite: es la evidencia de que la entidad se administra como lo que dice ser.

4. No actualizar la calificación ni la información pública

Las ESAL deben actualizar anualmente su calificación en el RTE ante la DIAN, incluyendo el registro web y la memoria económica correspondiente. Omitir esta actualización, o hacerlo con información incompleta, es una de las formas más directas — y más evitables — de perder el régimen.

En resumen: la pérdida del RTE casi nunca ocurre por mala fe. Ocurre porque la gestión diaria de la fundación se aleja, poco a poco, de la rigurosidad documental y de gobernanza que la ley exige para sostener el beneficio.

¿Qué puede hacer su fundación hoy?

  • Revisar que el objeto social registrado siga correspondiendo a lo que la entidad realmente hace.
  • Verificar que las actas de Asamblea y Junta Directiva estén al día, firmadas y con quórum documentado.
  • Confirmar que la reinversión de excedentes esté soportada contable y documentalmente.
  • Hacer una revisión preventiva antes de la próxima actualización anual ante la DIAN, no después.

Este artículo tiene un propósito informativo general y no constituye asesoría legal o tributaria específica. La situación de cada ESAL es distinta; le recomendamos una revisión personalizada antes de tomar decisiones.

¿Quiere saber si su fundación está realmente en regla?

Agende un diagnóstico con un consultor senior especializado en ESAL.

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Tributario · Norma Antiabuso

Qué es el Artículo 869 del Estatuto Tributario y por qué le importa a su empresa

El Artículo 869 del Estatuto Tributario colombiano contiene lo que se conoce como la norma general antiabuso en materia fiscal. En términos simples, le da a la DIAN la facultad de desconocer los efectos tributarios de una operación —o de una serie de operaciones— cuando concluye que fue diseñada principalmente para obtener un beneficio fiscal, sin que exista detrás una razón económica o comercial real.

No es un artículo nuevo ni exótico: existen normas equivalentes en la mayoría de sistemas tributarios modernos, generalmente conocidas como reglas de "sustancia sobre forma". Lo que cambia de un país a otro es qué tan activamente se aplican, y eso es justamente lo que ha venido intensificándose en Colombia.

¿Cuándo se considera que una operación es "abusiva"?

La norma no prohíbe planear fiscalmente — planear la carga tributaria de forma legal es perfectamente válido y es, de hecho, una práctica empresarial responsable. Lo que la norma ataca son los actos o negocios jurídicos artificiosos: aquellos que, mirados en su conjunto, no tienen una lógica económica o comercial razonable más allá de generar un ahorro tributario.

Algunas señales que la autoridad suele revisar incluyen:

  • Que la estructura utilizada sea desproporcionadamente compleja frente al resultado económico que produce.
  • Que el beneficio fiscal obtenido no guarde relación con el riesgo económico realmente asumido.
  • Que la forma jurídica de una operación no refleje la verdadera intención de las partes involucradas.

¿Qué puede hacer la DIAN si aplica esta norma?

Cuando la autoridad considera que una operación configura abuso tributario, puede recaracterizarla: es decir, desconocer la forma jurídica que se le dio y determinar los impuestos, intereses y sanciones correspondientes según lo que considera que la operación realmente es, más allá de cómo fue documentada.

El punto clave: la norma no evalúa una sola transacción de forma aislada, sino la operación completa. Por eso, estructuras que individualmente parecen correctas pueden ser cuestionadas si, en conjunto, no tienen un propósito económico distinto al fiscal.

¿Por qué esto también le importa a las ESAL?

Las entidades sin ánimo de lucro no son ajenas a esta norma. Convenios de cooperación, aportes entre entidades relacionadas, o esquemas de colaboración empresarial mal estructurados también pueden ser revisados bajo esta óptica — especialmente cuando existe la percepción de que una figura se usó principalmente para proteger un beneficio tributario, más que para cumplir un fin genuino.

¿Cómo se estructura una operación que resiste este análisis?

  • Documentando con claridad el propósito económico o comercial de cada operación, no solo su tratamiento fiscal.
  • Evitando estructuras innecesariamente complejas cuando existe una alternativa más simple con el mismo efecto legítimo.
  • Manteniendo coherencia entre la forma jurídica utilizada y la realidad económica de la operación.
  • Contando con soporte técnico — contable, legal y fiscal — desde el diseño de la operación, no después de que ya ocurrió.

Este artículo tiene un propósito informativo general y no constituye asesoría legal o tributaria específica. Puede consultar el texto oficial del Artículo 869 en estatuto.co/869. Le recomendamos una revisión personalizada de su caso antes de tomar decisiones.

¿Su empresa o fundación tiene estructuras que podrían estar expuestas?

Agende un diagnóstico con un consultor senior especializado en ingeniería fiscal.

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Tributario · Patrimonio y Sucesión

Holding familiar: qué es y cuándo tiene sentido crear uno

Un holding familiar es, en esencia, una sociedad cuyo propósito principal no es operar un negocio directamente, sino poseer y administrar participaciones en otras sociedades, activos productivos o bienes de una familia. No es una figura exclusiva de grandes fortunas: cada vez más empresarios y familias con patrimonio en crecimiento la utilizan como herramienta de orden, protección y sucesión.

¿En qué se diferencia de simplemente "tener varias empresas"?

Muchos empresarios llegan a tener dos, tres o más sociedades operativas sin ninguna estructura que las conecte de forma ordenada. El resultado es que el patrimonio familiar queda disperso, sin gobierno unificado, y muchas veces mezclado con el riesgo operativo de cada negocio individual. Un holding familiar centraliza esa propiedad bajo una sola sociedad matriz, con reglas claras de gobierno, mientras cada negocio sigue operando de forma independiente.

¿Qué problema real resuelve?

  • Separa el riesgo del negocio del patrimonio personal. Si una de las empresas operativas enfrenta dificultades financieras o legales, el patrimonio personal y familiar no queda automáticamente expuesto.
  • Ordena la sucesión. En lugar de que los herederos reciban participaciones fraccionadas en múltiples sociedades, heredan participación en una estructura ya organizada, con reglas de gobierno definidas.
  • Facilita el gobierno familiar. Permite establecer reglas claras sobre cómo se toman decisiones, cómo entran o salen socios, y cómo se distribuyen utilidades — antes de que un desacuerdo familiar obligue a improvisar esas reglas bajo presión.
  • Da continuidad al negocio más allá de una sola generación. El principio de negocio en marcha no depende de que una sola persona siga al frente.
Una aclaración importante: un holding no es una herramienta para "esconder" patrimonio ni para evadir obligaciones tributarias. Es una estructura de gobierno y protección legítima, que además debe cumplir sus propias obligaciones fiscales y de reporte. Su valor está en el orden y la protección, no en la opacidad.

Señales de que su patrimonio ya podría necesitar uno

  • Tiene más de una sociedad operativa y no existe ninguna estructura que las conecte de forma ordenada.
  • No ha definido con claridad qué pasaría con sus empresas si usted no pudiera seguir al frente mañana.
  • Hay más de un miembro de la familia involucrado en el negocio, sin reglas escritas de gobierno.
  • Su patrimonio personal (vivienda, inversiones) no está claramente separado del riesgo de su operación comercial.

¿Cómo se estructura correctamente?

La estructuración de un holding familiar requiere trabajo conjunto entre lo legal, lo contable y lo fiscal: definir el tipo societario adecuado, las reglas de gobierno corporativo, el tratamiento tributario de la sociedad matriz y de los dividendos que recibe, y —cuando aplica— un protocolo de familia que documente los acuerdos de fondo. Hacerlo sin ese acompañamiento integral suele derivar en estructuras costosas de mantener o, peor, en estructuras que no cumplen realmente su propósito de protección.

Este artículo tiene un propósito informativo general y no constituye asesoría legal, tributaria o financiera específica. Cada patrimonio y cada familia tienen circunstancias distintas; le recomendamos una evaluación personalizada antes de tomar decisiones.

¿Quiere evaluar si un holding familiar tiene sentido para su patrimonio?

Agende un diagnóstico con un consultor senior especializado en protección patrimonial.

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